MUNICIPIOS DE COLOMBIA
Números por departamento, historia y requisitos para constituirse.


Los municipios de Colombia corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos. Colombia posee 1.122 municipios registrados en el DANE, conteo que incluye los 5 distritos especiales que se cuentan también como municipios. En Colombia los recursos pasan de la nación al departamento y de este al municipio; como distrito capital, Bogotá es el único municipio que recibe directamente de la nación.

De acuerdo con el Artículo 311 de Constitución de 1991 y la Ley 136 de 2 de junio de 1994, es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la Constitución y las leyes de la República.

DEPARTAMENTOS
# DE MUNICIPIOS
# DE CORREGIMIENTOS
 

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Historia

En las constituciones de 1811, 1832 y 1843, así como en las constituciones de la Gran Colombia, el territorio de la Nueva Granada (hoy Colombia) se dividía en cantones, que se agrupaban en provincias. En la de 1853 los cantones fueron abolidos, por lo que el territorio nacional de la Nueva Granada quedó dividido en las sub-entidades que antes conformaban los cantones, es decir en distritos parroquiales. En la constitución federal de 1858 los estados colombianos, sustitutos de las provincias neogranadinas, siguieron divididos en distritos pero ya no de carácter parroquial sino municipal.

Luego con la constitución centralista de 1886, que trasformó los estados en departamentos, estos últimos fueron subdivididos en provincias y estas en distritos municipales. No fue sino hasta las reformas de 1905 y 1910 que estos distritos se denominaron oficialmente municipios con el carácter territorial que poseen hoy; con la creación del Distrito Especial de Bogotá en 1954 el término distrito municipal fue abandonado completamente.

Sin embargo el término distrito resurgió con la promulgación de la constitución de 1991, por medio de la cual fueron creados varios distritos con el fin de diferenciar a un municipio de sus aledaños por su importancia en aspectos como la economía, el turismo, la historia, la industria, etc.

Discrepancias en el número total actual de municipios

Es de notar que la cifra total de estas subdivisiones territoriales varía en el registro de cada una de las entidades gubernamentales que se encargan de su manejo (por ejemplo, la Federación Colombiana de Municipios, el DANE o Planeación Nacional). Esto se debe a varias razones, principalmente, a que en los últimos 5 años se han venido elevando y suprimiendo diversos municipios sin un control debido por parte de las gobernaciones, o a que en algunos casos unas consideran municipio a un territorio solo cuando lo incluyen en el situado fiscal, y otras, cuando se ha hecho un referendo y la mayoría de los consultados vota a favor de la creación de la municipalidad. Es así, por ejemplo que en el Ministerio del Interior figuran 1.102 (conteo que no incluye al distrito capital ni los corregimientos departamentales), para la Registraduría Nacional son 1.103 (sumándole a los municipios legalmente constituidos el distrito capital) y para Planeación Nacional y el DANE son 1.123 (conteo que incluye a todos los distritos especiales y los corregimientos departamentales). Sin embargo, los municipios realmente se crean mediante ordenanzas de las asambleas departamentales.

Requisitos para la creación de un municipio

Los requisitos que una población debe cumplir para ser erigido en municipios son los siguientes, según las leyes 136 de 1994, 177 de 1994, 617 de 2000 y 1551 de 2012:

  1. El área del municipio propuesto tenga identidad, atendidas las características naturales, sociales, económicas y culturales.
  2. El territorio debe contar por lo menos con veinticinco mil (25.000) habitantes, y el municipio o municipios de los cuales se pretende segregar no disminuya su población por debajo de este límite señalado, según certificación del DANE. Así mismo, el nuevo municipio no podrá sustraer más de un tercio del área territorial de otro municipio del que desee segregarse.
  3. El municipio propuesto debe garantizar ingresos corrientes de libre destinación anuales equivalentes a doce mil (12.000) salarios mínimos mensuales vigentes, durante un período no inferior a cuatro (4) años.
  4. Un estudio de conveniencia económica y social de la iniciativa y de viabilidad, elaborado por el órgano de planeación departamental.

Si el nuevo municipio cumple dichos requisitos, se pasa entonces a declararlo siguiendo los pasos:

  • Obtener un concepto favorable del órgano departamental de planeación sobre la conveniencia económica y social de crear el municipio.
  • Presentar un proyecto de ordenanza en la Asamblea Departamental respectiva.
  • Aprobadas la ordenanza y el referendo, el gobernador del departamento debe informar a Planeación Nacional para que destine recursos del Sistema General de Transferencias durante los meses iniciales.
  • En las primeras semanas los destina del presupuesto departamental.
  • En decretos especiales debe convocar a elecciones para alcalde y concejo y, de ser necesario, nombrar un mandatario interino.

Tipos de organización municipal

Municipios

Cada municipio posee una cabecera municipal, la cual es una población que suele llevar el mismo nombre del municipio y funciona como su capital. En muchas ocasiones se aplica el término "municipio" a la cabecera municipal.

En Colombia existen otros tipos de poblaciones que no tienen estatus de municipio sino que dependen de estos. Estos tipos de poblaciones son los corregimientos, las inspecciones de policía, los caseríos y los sitios.

La zona rural de un municipio se divide en veredas y sus zonas urbanas (cabecera municipal, corregimientos, etc.) se divide en barrios. Algunas cabeceras de grandes ciudades pueden estar divididas en comunas o localidades.

Los últimos municipios creados fueron:

Guachené en el departamento del Cauca (diciembre de 2006).
San José de Uré y Tuchín en el departamento de Córdoba (abril de 2007).
Norosí en el departamento de Bolívar (diciembre de 2007).

Distritos

Tipología de los municipios de Colombia (distritos, municipios de régimen común y corregimientos departamentales).
Los distritos son municipios que tienen una o varias características que las destaca o diferencia de entre los municipios circundantes, como puede ser su importancia política, comercial, histórica, turística, cultural, industrial, ambiental, portuaria o fronteriza. Colombia posee seis distritos reconocidos: Bogotá, Barranquilla, Cartagena de Indias, Santa Marta, Buenaventura, y Riohacha

Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Buenaventura y Riohacha funcionan de forma similar a los municipios dentro de sus respectivos departamentos y son jurisdicción de los mismos, mientras que Bogotá posee una relación especial con el departamento de Cundinamarca pues este último no ejerce autoridad sobre el Distrito Capital, con lo cual Bogotá se considera una entidad de primer orden siendo autónoma e independiente del departamento. Los tribunales de Bogotá y Cundinamarca tienen jurisdicción sobre Bogotá, mas no así el gobernador ni la asamblea.

Corregimientos departamentales

En algunos departamentos existe la figura de los corregimientos departamentales. Estos corresponden a un poblado y sus alrededores que no alcanzan la categoría de municipio. Los corregimientos departamentales se distinguen de los corregimientos corrientes en que no son jurisdicción de ningún municipio. Este tipo de división se localiza en los departamentos de Amazonas, Vaupés y Guainía. Existían también en Vichada pero estos se incorporaron al municipio de Cumaribo. El DANE asegura que son un total de 20 en el país.

Áreas metropolitanas

Un área metropolitana es, de acuerdo al decreto 3104 de 1979 y el artículo 1 de la ley 128 de 1994, una entidad administrativa y territorial formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio que sirve de núcleo o metrópoli. Debido a que estas entidades están vinculados entre sí por estrechas relaciones de orden físico, económico y social, por lo cual se requiere una administración coordinada para la programación de su desarrollo y la racional prestación de sus servicios públicos. En Colombia han sido configuradas y/o reconocidas unas 10 áreas metropolitanas.

La conferencia Hábitat que se realizó en Cali puso en evidencia la ausencia de estudios serios sobre estas áreas. En 1993 sólo había uno de García Canclini en ciudad de México titulado "Ciudadanos del s. XVIII, consumidores del s. XXI", y otro en Brasil sobre São Paulo. Ambos dejaban ver que la participación ciudadana desciende considerablemente en las grandes ciudades; en algunas el abstencionismo se duplica. Como la población mundial tiende a concentrarse en ellas o a su alrededor, las consecuencias sobre la democracia son graves y la necesidad de un desarrollo claro al respecto se vuelve urgente.

Organización político-administrativa

Cada municipio tiene su propia organización: poder ejecutivo, órgano coadministrador y poder judicial (desconcentrado).

El poder ejecutivo está a cargo de un Alcalde, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El Alcalde nombra un gabinente compuesto por sus secretarios.

El poder coadministrador está a cargo de un Concejo Municipal elegido por voto popular para el mismo período que el Alcalde. Los Concejos cuentan entre 6 y 45 concejales de acuerdo a la población del municipio.

El poder judicial es autónomo del ejecutivo y está representado por los juzgados municipales.

Los distritos tienen una organización similar.

 


Referencias

  1. «División político administrativa. Conceptos básicos.». DANE. Consultado el 26 de enero de 2011.
  2. «Codificación de la División Político Administrativa (DIVIPOLA)». DANE. Archivado desde el original el 27 de noviembre de 2015. Consultado el 12 de mayo de 2012.
  3. «Entidades Territoriales.». IGAC. Consultado el 26 de enero de 2011.
  4. «Constitución de 1886». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 4 de febrero de 2013.
  5. «Reformas de la Constitución de 1886». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 4 de febrero de 2013.
    Volver arriba ↑ «Los distritos de Colombia.». Editorial Santillana. Archivado desde el original el 27 de noviembre de 2015. Consultado el 26 de enero de 2011.
    Volver arriba ↑ César Paredes. «El municipio número 1.103». Revista Semana. Consultado el 12 de mayo de 2012.
  6. «No hay certeza sobre cuántos municipios tiene actualmente Colombia, pero ya no son 1.098». Periódico El Tiempo. Consultado el 12 de mayo de 2012.
  7. «Ley 1551 de 2012». Consultado el 20 de enero de 2013.
  8. «Municipio de Guachené.». Alcaldía municipal.
  9. «Comunicado de Prensa. Córdoba con dos municipios nuevos: Tuchín y San José de Uré.». Registraduría Nacional del Estado Civil.
  10. «En diciembre del año pasado, Norosí se convirtió en el municipio 46 de Bolívar.». Periódico El Tiempo.
  11. «Comunicado de Prensa. En consulta popular celebrada hoy, los habitantes de 5 corregimientos de Bolívar dijeron “sí” a la creación del nuevo municipio Brazuelo de Papayal.».
  12. Registraduría Nacional del Estado Civil.
  13. Lista de Entidades Territoriales: Alcaldías Municipales de Colombia

 

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