Pasó medio siglo antes de que se formalizara el poder político en el territorio neogranadino.
Por Rafael Antonio Díaz Díaz *
Casa en la que funcionó la Real Audiencia en Santa Fe de Bogotá
Luego de 50 años de presencia hispánica a lo largo de la primera mitad del siglo XVI, en diversas regiones del hoy territorio colombiano se hizo imperiosa la necesidad de establecer un gobierno colonial que centralizara funciones de carácter político, administrativo y judicial, y que además significara la representación directa del rey y de los aparatos político-administrativos peninsulares. Esa institución, de larga tradición en la historia de la península ibérica, era la Audiencia Real, que para mediados del siglo XVI ya existía en Santo Domingo, Nueva España y Perú.
Hasta 1550 ya existían en funcionamiento las primeras entidades administrativas como las gobernaciones o los cabildos, a cargo de un primer grupo de funcionarios civiles y religiosos. Pero ellas no pudieron evitar que las regiones conquistadas -Caribe continental, Popayán, Antioquia y el centro andino- se hubieran convertido prácticamente en 'tierra de nadie', lo que llegó a amenazar la soberanía del rey. La expresión más importante de tal amenaza se cifró en el creciente poder de los encomenderos, que habían degradado en forma sustancial la condición social de la población indígena, reduciéndola a la explotación y la esclavitud. Paralelamente, otros fenómenos hacían ingobernables los territorios. Eran, entre otros, las profundas pugnas entre los conquistadores por el reconocimiento de sus prerrogativas territoriales, el choque entre los funcionarios por sus fueros políticos, los desafueros cometidos frente a las primeras disposiciones jurídicas y la continuidad de las campañas de conquista que más bien eran aventuras para esclavizar indígenas o para buscar las riquezas escondidas en las sepulturas indígenas.
La corona intentó frenar la anarquía con medidas como la expedición en 1542 de las famosas, pero no acatadas, Leyes Nuevas, que intentaban regular las encomiendas y el usufructo del trabajo indígena. La promulgación de este corpus jurídico generó rápidamente, en muchas partes de Hispanoamérica, una cadena de rebeliones encomenderas como la de Gonzalo Pizarro en el Perú.
Ante estos sucesos, el encargado de aplicar las Leyes Nuevas en la Nueva Granada, el licenciado Juan Díaz de Armendáriz, que vivió en carne propia las dificultades para aplicar la justicia real, se cuenta entre los primeros en proponer, probablemente hacia 1545 ó 1546, al Rey y al Consejo de Indias la necesidad de crear y de establecer una Audiencia Real como entidad central para administrar el territorio del Nuevo Reino de Granada. Tal propuesta, al parecer, tuvo acogida en la administración real metropolitana. De la misma manera, diversos cabildos de ciudades neogranadinas escribieron al rey en el mismo sentido y por la misma época. De esta manera se inició un camino no exento de incertidumbres, desafíos y ambivalencias en el establecimiento de la primera Audiencia Real.
Curiosamente, hasta ahora no se ha podido encontrar la prueba documental, sea real cédula o real provisión, donde se ordene la creación del alto tribunal para la Nueva Granada. Se puede suponer que ello se haya producido en 1546, ya que el 15 de febrero de 1547 el Cabildo de Santafé, en carta al rey, expresaba su satisfacción por "enviar Audiencia Real, para que en justicia y razón nos sustente". Es importante hacer notar que en esta misiva los integrantes del cabildo santafereño dejaron traslucir un conflicto con las cabezas políticas de las gobernaciones al indicar que con la Audiencia Real "cesarán. las muchas molestias, vejaciones y malos tratamientos que en estas partes se reciben de gobernadores".
Desde cuando se tomó la decisión de crear una Audiencia Real hasta 1550, reinó la incertidumbre sobre el lugar donde funcionaría el alto tribunal, lo que forma parte de lo que se conoce como "el reino imaginado" de las Indias. La Real Cédula del 7 de febrero de 1549 reiteraba el acuerdo de fundar la Audiencia Real, pero expresaba que "hasta ahora no se sabe en qué pueblo convendrá" hacer el asiento formal, y que cuando eso se diera ordenaba alquilar la casa de un vecino para su funcionamiento.
Sin que ese detalle estuviera resuelto, el 21 de mayo de 1547 fue nombrado primer oidor el licenciado Juan de Galarza y al alguacil mayor Juan Mendoza de Arteaga. En 1548 se nombraron otros dos oidores, el licenciado Beltrán de Góngora (junio 24) y Gutierre de Mercado (7 de agosto), a quien se invistió como Presidente. El 17 de julio de 1549 se nombró como oidor a Francisco Briceño. En ese mismo año se ordenó la fabricación del sello real, emblema insustituible y fundamental que formaba parte de la legitimidad que debía acompañar la autoridad colonial. De la misma forma, la Real Cédula del 27 de julio de 1549 ordenaba el procedimiento ceremonial de la recepción del sello real; se especificaba que los oidores, las justicias y los regidores "del pueblo donde residiereis" debían desplazarse a las afueras del sitio elegido a recibir el sello real y conducirlo hasta el lugar fijado en "una mula o. caballo bien aderezado con su palio encima, cuyas varas lleven los regidores" y el oidor más antiguo.
En carta al rey el 10 de noviembre de 1550, Galarza y Góngora relatan la fase final del establecimiento de la Audiencia Real: "Y de allí (de Vélez) partimos para esta de Santafé, que está en medio de esta provincia y es el pueblo de más buen asiento, más principal, fértil y abundante que en ella hay, donde por ser parte más conveniente fue necesario de asentarse la Audiencia Real, la cual se asentó a 7 de abril y se recibió el sello real de Vuestra Majestad". De esta manera, la Audiencia tenía asentamiento fijo y una fecha de referencia, a partir de la cual empezaba a funcionar. De la misma manera, la corte imperial en Madrid tardaría un tiempo en enterarse del asiento del tribunal en Santafé. En efecto, la Real Cédula del 15 de mayo de 1550 prorrogaba por un año el término para que Miguel de Molina se presentara como escribano de la Audiencia Real, "a causa de no haber aún acabado de asentar la dicha Audiencia".
De estos primeros cuatro oidores sólo Galarza y Góngora lograron llegar a Santafé y establecer la Audiencia Real luego de una penosa travesía. Mercado murió en Mompox y Briceño se dirigió a Popayán para adelantar el juicio de residencia contra Sebastián de Belalcázar.
A los ocho meses de instalado el tribunal se dio un hecho que ha sido amenaza de la memoria escrita en Colombia: el incendio de los archivos. Como la Audiencia aún no tenía lugar propio para su funcionamiento, el archivo se encontraba en la casa del escribano de la Real Audiencia Alonso Téllez. El 20 de diciembre de 1550 se desató allí un fuerte incendio, lo que maltrató el sello real y quemó "todos los procesos y escrituras que en este Reino hasta entonces habían pasado". Por ello la memoria del tribunal comienza en enero de 1551, cuando se abrió el Libro de Acuerdos de la Audiencia Real, cuya portada señala que "comenzó a primero de enero de 1551, porque el libro que había de Acuerdo, de lo que hasta allí había pasado estaba en poder de Alonsso Téllez escribano de esta Audiencia, quemóse en el incendio de su casa".
La Audiencia Real, con sus oidores y funcionarios siguió experimentando un sin fin de problemas tanto internos -choques y rivalidades - como externos, dado el abanico de problemas derivados del maltrato que los encomenderos infligían en la población indígena, las ansias de enriquecimiento rápido de los españoles, las pugnas entre laicos y eclesiásticos -especialmente por los indígenas-, el desacato a las normas por buena parte de la población española y, en general, los intereses que había consolidado la élite española. Igualmente, la administración metropolitana y la Audiencia Real debieron asumir el proceso de definir cuáles provincias caían bajo su jurisdicción. Si bien la Audiencia Real del Nuevo Reino de Granada había sido destinada a constituirse en superior o pretorial regida por un presidente, sólo en enero de 1564 Andrés Díaz Venero de Leyva arribó a Santafé para asumir el cargo. Habían pasado 14 años desde su establecimiento. Ante las dificultades que imperaban en la Nueva Granada, "tierra de todos y de nadie", Díaz Venero de Leyva llegó con amplias facultades discrecionales para manejar la Audiencia Real, aun con el derecho de tomar decisiones políticas y administrativas sin consultar necesariamente a los oidores y apoyado por un destacamento de esclavos negros armados.
*Profesor departamento de historia, Pontificia Universidad Javeriana